miércoles 10 de octubre de 2007

La palabra "genocidio" como idiolecto de impacto


"Von Wenich, condenado a reclusión perpetua por genocidio", titula el diario Panorama de Santiago del Estero. Otro tanto pero como "coautor de genocidio" titula el diario de la misma provincia El Liberal
Ya hemos dicho lo que corresponde respecto al uso del concepto "genocidio". Lo que aquí destacamos y denunciamos es la manera como una palabra usada equivocadamente sirve para un mayor impacto en tiempos electorales.

Santiago del Estero - Diario Panorama
Diario EL LIBERAL - Santiago del Estero

Y esto se hace por que el propio tribunal de la burocracia judicial que juzgó al cura partícipe en el terrorismo de estado usó depreciando el exacto sentido de tan terrible drama, como es el genocidio.



Que las terribles imágenes del genocidio camboyano con dos millones de víctimas sea la piedra de molino en la conciencia de estos inútiles, aptos para cliches en momentos electorales.


D´elía rompió una comisaría, Barrionuevo una elección. Tienen en común sus causas paralizadas

Cuatro años, y no hay justicia para el pueblo de Catamarca que miró azorado como un grupo de delincuentes patoteros reconocidos como integrantes de la barra brava del club de futbol Chacarita de Buenos Aires, frustraban su derecho democrático a elegir.
Si decimos burocracia inepta no es por resentimiento, es por constatación de la realidad.

EL ANCASTI - Edición Digital

De igual modo no se dice nada nuevo si se expresa que por regla, aquélla elude confrontación con los "poderosos". Y en este caso, Barrionuevo hace gala de su poder sindical y que con él le disputará a Moyano el cetro de la CGT.

.: launiondigital.com.ar :.

El genocidio como extrapolación de propaganda

Leer y oir al presidente del tribunal de nuestra burocracia judicial que condenó al cura Von Wernich, expresando que el condenado participò en un genocidio, es la mejor exteriorización de la ignorancia o mala fe, predispuesta a ser servil al poder de turno.

La Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio es un documento de Naciones Unidas.
Fue creado por la resolución 96 de la Asamblea General del
11 de diciembre de 1946. En ella, se reconoce el genocidio como un delito perseguible por el derecho internacional, además de definirse dicho delito de genocidio. Fue firmado por 41 países, habiendo siendo ya ratificado por 133. Los últimos países en unirse al tratado han sido Yugoslavia, el 12 de marzo de 2001, y Guinea y Suiza, el 7 de septiembre del 2000. Su contenido se considera de ius cogens, o, al menos de contenido erga omnes.

En su artículo segundo, se define lo que las Naciones Unidas entienden por genocidio:

Artículo II: En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpretados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.


La participación del cura Von Wernich fueron en delitos de terrorismo estatal, mas repudiables que el de un delincuente común (guerrillero) por cuanto que el estado está para garantizar la ley y no para actuar con un derecho injusto (remito a la discusiòn filosófica en torno al derecho nazi), si vale la contradicción.

Pero de allí a involucrar como genocidio y equiparar la muerte - repudiable por cierto - de guerrilleros o sospechados de tales, a las masacres genocidas del pueblo judío, armenio o de Ruanda (donde hay un cura involucrado en la matanza genocida y condenado como tal), es una exteriorización - insisto - de la necesidad congénita de esta "mediocracia" judicial para ser funcional al poder de turno, agigantando al grado de genocidio lo que - sin restarle ápice a su gravedad - es terrorismo de estado, pero cuyo concepto impacta menos que aquél usado como ditirambo judicial-propagandístico.

Respecto al cura condenado por genocida puede leerse en

En diciembre sentenciaron a 15 años de prisión a un sacerdote de Ruanda
LANACION.com Política Martes 9 de octubre de 2007

Diez años, 16 procesados, ninguna justicia y posible prescripción

Siempre hemos sostenido que la principal salida de los burócratas judiciales es la prescripción y en segundo orden la excusación. El problema es que su impericia y negligencia lo pagamos todos los ciudadanos en moneda de mayor inseguridad en todos los órdenes, la del vecino que sufre las molestias ruidosas de su vecino y nadie le soluciona el tema hasta que se hace justicia por mano propia, iniciando un espiral de violencia y desánimo que termina en las grandes tragedias argentinas, el vuelo de Austral, el vuelo de Lapa, Cromagnon, etc., etc.

Hace poco tuve oportunidad de leer un fallo (yerro) en una causa correccional donde el burócrata judicial sobresee al imputado (luego de rechazar varios pedidos de prueba de la querella) alegando que està incapacitado de investigar (sic), acto seguido el fulano pidió y obtuvo automáticamente licencia, aduciendo que estaba estresado puesto que su hijo se encuentra enfermo, un mes después de su sentencia (yerro) el funcionario en cuestión sigue de licencia.

Así funciona nuestra degradada administración de justicia, y para aquéllo que piensan que es un hecho aislado, pueden leer los plurales ejemplos en este joven blogg, a la par de recordar las palabras de Couture leidas en el próloga a un libro, "Pinta a tu aldea y pintarás el mundo", que para nuestro caso es "menciona un caso individual y mostraras una tendencia global".

Para mayor información espejo las investigaciones periodísticas


La peor tragedia de la aviación comercial argentina está a punto de prescribir. La causa en la que se investigan los motivos por los que el 10 de octubre de 1997 se estrelló el vuelo 2553 de Austral en Fray Bentos vence el mes que viene, justo cuando se cumplen ocho años de la tragedia.El avión, un DC 9-32 que había partido a las 21:18 del aeropuerto General San Martín de Posadas, Misiones, no llegó jamás a su destino, el aeropuerto Jorge Newbery de Buenos Aires. A menos de una hora del despegue, lo atrapó una tormenta. Y el piloto del avión, el comandante Rodolfo Jorge Cécere, con más de 10.000 horas de vuelo en su currículum, decidió desviarse de la ruta normal. A las 22:10, el AU-2553 dejó un cráter de seis metros de diámetro en las afueras de la tranquila ciudad uruguaya de Fray Bentos. Junto a él, 74 cuerpos desintegrados y una pregunta: ¿por qué?Se suponía que la investigación llevada adelante por el juez federal Jorge Ballestero la iba a responder. Para la abogada María Silvina Rumachella, hermana de Viviana, primera oficial de a bordo del vuelo, la cuestión es clara: "Estamos en terapia intensiva; en coma cuatro. El Gobierno no quiere que la causa prescriba, porque sabe que la Justicia es responsabilidad del Estado. Y acá hay una clara denegación de Justicia", denuncia.No es la primera vez que la causa hace equilibrio en la cornisa de la prescripción. En 2001, cuando se vencían los cuatro años de plazo para las resoluciones, se salvó porque el juez llamó a indagatoria a los 16 ex empleados de Austral y a los 15 de la Fuerza Aérea Argentina involucrados en el hecho. Trauma. Dos meses y medio después, el 29 de diciembre -justo antes de la feria judicial de fin de año-, Ballestero resolvió el sobreseimiento de todos los imputados. En su sentencia, el juez no invocó a expertos aeronáuticos ni a reconocidos pilotos. Sólo apeló a Freud para acusar a los tripulantes muertos de la aeronave: "La situación de trauma provocó un conflicto psíquico que les impidió integrar en su personalidad consciente la experiencia que les tocó sobrellevar (…). Tal como lo manifestara Freud, el susto designa el estado que sobreviene cuando se entra en una situación de peligro sin estar preparado", escribió Ballestero.
El 24 de febrero de este año, la Sala I de la Cámara Federal revocó el sobreseimiento de los imputados y todo volvió a empezar. En su resolución, los jueces Vigliani, Cavallo y Freiler criticaron el accionar de Ballestero: "Para justificar su resolución, el magistrado elaboró una teoría sustentada en citas bibliográficas de autores especializados en psicología. Dichas consideraciones carecen de asidero legal (…). La justificación ensayada adolece de acabados fundamentos". El fallo de la Cámara es demoledor: detalla todos los errores y omisiones en que habría incurrido Ballestero durante la investigación.Los abogados de los familiares señalan dos: la omisión de los informes redactados por dos peritos auxiliares de la Policía Federal, Horacio Lapenta y Armando Ferretti, y el sobreseimiento de Raúl Mujica (ex comodoro de la Fuerza Aérea y director de Austral) luego de que un escrito presentado por la aerolínea el 11 de noviembre de 1998 lo declarara muerto. "Mujica vivía. Y los informes científicos desaparecieron del expediente", protesta Norberto Caputo, otro de los querellantes.La Cámara hizo las mismas observaciones con respecto a Mujica. Pero sólo después de que el Registro Civil le avisó a Ballestero que no tenía ningún acta de defunción a nombre del ex comodoro, el juez lo llamó a prestar declaración indagatoria el 1 de septiembre de este año. La desaparición de los informes es el punto más oscuro de la investigación. "Tuvimos una reunión con el Presidente y el ministro del Interior, Aníbal Fernández. Se interiorizaron de la situación y trataron de encontrar a los peritos de la Policía Federal", cuenta la abogada Rumachella. Además, el Presidente recibió un ejemplar del libro "Austral 2553. Una tragedia anunciada", de Oscar Bazzani, el técnico que revisó el avión aquel 10 de octubre y que pone en aprietos a Austral. (transcripción del informe de la revista Noticias http://www.noticias.uol.com.ar/edicion_1499/nota_02.htm)

Mas información puede verse en
accidente de AUSTRAL en FRAY BENTOS, http://www.territoriodigital.com/nota.aspx?c=1240202826618564, http://www.territoriodigital.com/nota.aspx?c=1652117812884749,

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